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Es aquel documento mediante el que se acreditan oficialmente las competencias necesarias para el desarrollo de una actividad laboral. El certificado reconoce un determinado perfil profesional que comprende un conjunto de competencias identificables dentro del sistema productivo y que son reconocidas y valoradas en el mercado laboral. El certificado de profesionalidad tiene carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y es expedido por el Servicio Público Estatal de Empleo y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas. En el caso de Andalucía, el órgano competente es la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. Ten en cuenta, sin embargo, que los certificados de profesionalidad no son equivalentes a las titulaciones de formación profesional reglada. No son títulos académicos, y por lo tanto no dan acceso a los estudios que imparte Educación (ciclos formativos y/o universitarios). Las actividades laborales que permiten desarrollar estos certificados están recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales:

Certificados de profesionalidad
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales

El Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad es el conjunto de los certificados de profesionalidad ordenados sectorialmente en las actuales 26 familias profesionales, que se pueden consultar en Especialidades F.P.E.

Pueden solicitar un certificado de profesionalidad aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

Que hayan superado con evaluación positiva todos los módulos que componen un certificado de profesionalidad, tras haber realizado un curso de formación profesional para el empleo, ya sea:

 de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as.
 de la programación de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas ocupadas.
del programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.

Aquellos alumnos que hayan superado con evaluación positiva, en el ámbito de la administración educativa, un curso del Programa de Cualificación Profesional Inicial, en el que se haya programado una especialidad conducente a un certificado de profesionalidad.

Aquellas personas que participen en el Procedimiento de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral, o las vías no formales de formación, siempre y cuando demuestren que poseen todas las competencias comprendidas en el certificado de profesionalidad correspondiente.

Aquellas personas que no hayan completado todos los módulos que componen el certificado de profesionalidad, podrán solicitar la acreditación parcial acumulable de aquellas unidades de competencia que hayan superado a través de un proceso formativo.

Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos diez años en formación profesional para el empleo o del sistema educativo, están exentos de la obligatoriedad del requisito de poseer el Certificado de Profesionalidad

Si tienes el Certificado de Aptitud Pedagógica o alguno de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica estás exento de la obligatoriedad de este Certificado de Profesionalidad.

Así mismo estarán exentos quienes acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas

El certificado de profesionalidad se puede obtener de varias formas:

Superar todos los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad.

Superar los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, una vez que estos se implanten.

Mediante la acumulación de acreditaciones parciales de las unidades de competencia que comprenda el certificado de profesionalidad.

Tienes que presentar la solicitud junto con la documentación que acredite que has superado con evaluación positiva el curso conducente al certificado o las pruebas necesarias para adquirirlo. Las solicitudes podrán ser presentadas en cualquiera de los siguientes Registros Generales:

Registro General de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio y sus Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en toda Andalucía

Registros y oficinas a que hace referencia el artículo artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

La importancia de conocer mi profesión y mi familia profesional.